Cuidar lo básico en relaciones laborales

Columna Index
Héctor González .
Abril 19, 2024
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El entorno de cambios en la Ley Federal de Trabajo nos mantiene ocupados entendiendo los nuevos aspectos y su impacto, además debemos destinar tiempo a revisar y estimar los posibles cambios y su respectivo impacto. 

Aun con lo anterior debemos estar atentos al cumplimiento en las condiciones generales de trabajo que se deben mantener para tener un ambiente adecuado y a su vez estar en cumplimiento con nuestras autoridades.

Recomiendo hacer un repaso en los puntos que serán expuestos, los cuales son básicos y además de tener implementados estos, es importante adaptarlos a nuevas tecnologías, para con ello su ejecución sea más certera y de mayor rapidez. Sacar provecho a nuevas tecnologías para tener mejor alcance es vital.

Punto 1: a) inscripción de los trabajadores al IMSS Art 123 fracción XXIX de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art 132 fracción I y 804 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo. b) Inscripción de los trabajadores contratados por empresas contratistas y subcontratistas al IMSS Art 123 fracción XXIX de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art 2, 13, 14, 15, 132 fracción I y 804 fracción IV de la Ley Federal del Trabajo.

Punto 2: c) Contratos individuales de trabajo donde se consten las condiciones de trabajo aplicables. d) Contrato colectivo de trabajo (además depositar el mismo ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral) de igual forma es un requisito someter a consulta el contrato cuando existe una revisión integral del mismo. 

Punto 3: e) Acta de integración de la comisión mixta para la elaboración del reglamento. f) Reglamento interior de trabajo y su correspondiente comprobante de haber sido depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Punto 4: Respetar lo indicado por la Ley Federal del Trabajo respecto a Trabajo de mujeres. g) En estado de gestación o periodo de lactancia. h) Periodo de lactancia. i) Trabajo nocturno industrial. j) Trabajo después de las diez de la noche. k) Jornada extraordinaria. Además de hacer lo propio con el l) Permiso de paternidad.  

Punto 5: Estar atentos a la Ley respecto al Trabajo de Menores: m) Trabajo de menores de 15 años. n) Certificados médicos de mayores de 15 y menores de 18 años. o) Jornada de trabajo. p) Jornada extraordinaria. q) Pago de las horas extraordinarias, los días domingo y de descanso obligatorio. r) Vacaciones. s) Labores Peligrosas o Insalubres. t) Obligaciones.

Punto 6: u) Trabajo de los extranjeros. v) Forma migratoria. w) Categorías y porcentaje de personal extranjero. 

Punto 7: Salario. y) Listas de raya, nómina de personal o recibos de pago de salario. z) Pagos de salarios convenidos. aa) Salario en efectivo. ab) Pago semanal y quincenal. ac) Suspensión del pago de salario. ad) Finiquito por concepto de salarios devengados, indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados. 

Punto 8: Salario mínimo ae). Pago de salario mínimo general vigente. af) Salario mínimo profesional vigente. ag) Compensación, descuento o reducción permitida al salario mínimo de manera excepcional.

Punto 9: Jornada de trabajo. ah) Controles o registros de asistencia de los trabajadores. ai) Tipo y duración de la jornada diurna, nocturna y/o mixta. aj) Descansos durante la jornada continua, dentro y fuera del centro de trabajo. ak) Duración de la jornada extraordinaria. al) Pago de horas extraordinarias a un 100% conforme a la ley. am) Pago de horas extraordinarias a un 200% conforme a la ley. an) Días de Descanso semanal. ao) Dia de Descanso obligatorio. ap) Prima dominical. 

Punto 10: Vacaciones. aq) Periodo vacacional, ar) Remuneración a cambio del periodo vacacional. as) Recibos y/o nóminas de pago de la prima vacacional a los trabajadores. at) Porcentaje de la prima vacacional pagada. au) Finiquito por concepto de vacaciones.

Punto 11: Aguinaldo av) Recibos de pago de Aguinaldo. aw) Aguinaldo anual. ax) Aguinaldo parte proporcional. az) Fecha del pago de Aguinaldo. ba) Finiquito por concepto de Aguinaldo.

Punto 12: Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. bb) Declaración anual del ejercicio fiscal. bc) Comprobante de entrega de copia de la declaración anual de los impuestos sobre la renta y sus anexos a los trabajadores. bd) Reporte de utilidades en la declaración anual. be) Supuestos de excepción. bf) Acta de integración de la comisión para la determinación de participación de utilidades de los trabajadores. bg) Proyecto de reparto de utilidades, elaborados por la comisión mixta de reparto de utilidades. bh) Recibos de pago por concepto de participación de utilidades. bi) Fecha del pago de participación de utilidades. bj) Recibos de pago de las utilidades conforme a la resolución de la SHCP correspondiente al ejercicio fiscal que se revisa. 

Punto 13: Antigüedad y escalafón. bk) Acta de integración de la comisión mixta para la formulación del cuadro general de antigüedades. 

Punto 14: Otorgamiento de becas, alfabetización y fomento de actividades culturales y deportivas. bl) Comprobante que acredite que se colabora con las autoridades del trabajo y educación a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores. bm) Otorgamiento de una beca, cuando menos, en los centros de trabajo con más de 100 trabajadores y menos de 1000 trabajadores. bn) Otorgamiento de tres becas, cuando menos, en los centros de trabajo con más de 1000 trabajadores. bo) Comprobante que acredite el fomento de actividades culturales y del deporte entre sus trabajadores.

Punto 15: Enteros al IMSS. bp) Altas de los trabajadores al IMSS. bq) Pagos bimestrales al IMSS. 

Punto 16: Enteros al INFONAVIT br) Altas de los trabajadores al INFONAVIT. bs) Pagos bimestrales al INFONAVIT. 

Punto 17: Enteros al INFONACOT. bt) Documento de afiliación del centro de trabajo al INFONACOT. bu) Pagos al INFONACOT.

Aun y con lo mencionado anteriormente existen otros temas que debemos considerar como es lo relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva C098 OIT, las obligaciones mencionadas en el Art. 15 de la Ley del Seguro Social, también las Obligaciones de la NOM-035.

Lo antes mencionado nos indica que Cuidar lo básico en relaciones laborales conlleva un gran esfuerzo para todos en las empresas y negocios, desde los que invierten capital, hasta los que ejecutan los procesos de trabajo.

El entorno y las redes sociales han transformado los procesos laborales, las nuevas formas de trabajo en ocasiones deben ser realizadas a través de medios electrónicos para que sean compatibles con la demanda, procesos actuales y por sobre todo con mucha rapidez, esto es otro reto que debemos considerar, el conseguir estar actualizados en infraestructura y poder ser competentes.

Con la llegada de nuevas empresas al estado, deberemos pensar en transformar nuestros lugares de trabajo en lugares atractivos y que cumplen con lo esencial para los trabajadores. Además, debemos continuar con nuestras predicciones de los cambios que están por llegar, donde podamos hacer estimaciones de cómo debemos en el futuro enfrentar los cambios.

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