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Index imparte recomendaciones para el pago de derecho retroactivo o extemporáneo

Alejandra Méndez.
Noviembre 01, 2020

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El 5 de agosto de 2020, el SAT informó que las empresas inscritas en el “Esquema Internacional de Certificación de Empresas” deberán realizar el pago de derechos conforme a la cuota vigente en el año en que se autorice su inscripción o su renovación, por ello index San Luis Potosí y BASHA Ringe & Correa realizaron algunas recomendaciones a las compañías implicadas en el tema.

 

Este esquema de comercio exterior agrupa cuatro modalidades, con sus respectivos rubros, las cuales se derivan de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), y en la Ley Aduanera, respectivamente.

 

“Es un pago extemporáneo para la autoridad porque en la visión e interpretación que están haciendo de la normatividad siempre estuvimos obligados a pagar este derecho como empresa certificada y para ellos no hay retroactivos”, indicó Roberto Serralde, de BASHA Ringe & Correa.

 

Se requiere el pago de los derechos correspondientes a los periodos en que las empresas han contado con la certificación, independiente de que la regla no lo señale, y por los siguientes periodos: 

 

1. IVA e IEPS: exigible acorde a los años de certificación, a partir de 2015. 

2. Comercializadora e Importadora (ley aduanera): exigible acorde a los años de certificación, a partir de 2015.

3. Operador Económico Autorizado (ley aduanera): exigible acorde a los años de certificación, a partir de 2015. 

4. Socio Comercial Certificado (ley aduanera): exigible acorde a los años de certificación, a partir de 2019.

 

Roberto Serralde agregó como recomendación a las empresas que tienen que hacer el pago correspondiente, ser cuidadosos en la forma en la que realizarán el trámite, por lo que deben de tomar en cuenta: 

  1. Las hojas de ayuda: analizar cada una de las autorizaciones y ver lo que se está pagando, además de hacer el depósito de la inscripción, por ejemplo, si eres empresa AAA (dos anualidades y renovación automática) y poner correctamente la clave que corresponde. 
  2. La calculadora es solo en español.
  3. Existen cuatro versiones.

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