La importancia de la clasificación arancelaria en el cumplimiento aduanero de una empresa

Panorama Jurídico
Luis Cantú.
Abril 29, 2024
Font size:
Imprimir

Dentro de las operaciones de comercio exterior de una empresa o negocio, es de gran relevancia la correcta clasificación arancelaria de la mercancía a importar o exportar, pues de esta se derivarán una serie de requerimientos, obligaciones e incluso beneficios para quien lleva a cabo el despacho de las mercancías, siendo indispensable estar bien asesorado, para manifestar correctamente en el pedimento respectivo, la fracción arancelaria aplicable a la mercancía objeto de la operación y evitar con ello retrasos y sanciones o inclusive en el peor de los casos, la confiscación de la mercancía. 

En primer lugar, es importante definir que es o en que consiste la clasificación arancelaria, pues bien, esta es la identificación universal de las diversas mercancías y productos existentes, para efectos del comercio internacional, mediante la asignación de un código numérico, llamado ‘fracción arancelaria’, misma que será utilizada para identificar las mercancías en cualquier parte del mundo, agilizando los procedimientos aduaneros y comerciales.

Este mecanismo de categorización, es utilizado actualmente por mas de 200 países, por lo que utilizar dicha clasificación, garantiza una aplicación uniforme y constante en los procesos aduaneros al tratarse de un lenguaje universal en el ámbito de las operaciones comerciales, ayudando a su simplificación. 

El mismo fue creado por el Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (Convenio SA), emitido por la Organización Mundial de Aduanas (WCO por sus siglas en inglés) y según dicho organismo, casi el 98% de las mercancías en el comercio exterior, se encuentran clasificadas bajo los términos de dicho convenio. 

En México, para realizar la clasificación arancelaria de una mercancía debemos sujetarnos a lo establecido en la  Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y sus reglas generales  y complementarias,  la cual utiliza un sistema de nomenclatura basado en el Convenio de la Organización Mundial de Aduanas, en virtud del cual, la fracción arancelaria se compone por 8 dígitos, los primeros 6 tienen su origen en la clasificación internacional y los últimos 2 son los determinados a nivel nacional, conforme a lo siguiente:

 

  • Dígitos 1 y 2: pertenecen al sistema armonizado de la OMA y determinan el ‘Capítulo’ (01)
  • Dígitos 3 y 4: determinan la ‘Partida arancelaria’ (0101)
  • Dígitos 5 y 6: determinan la ‘Subpartida arancelaria’ (0101.21)
  • Dígitos 7 y 8: se le llama ‘Fracción arancelaria’ (0101.21.01) 

 

El principal objetivo de la clasificación arancelaria, es poder identificar todas y cada una de las mercancías, atendiendo a su composición, características, origen o uso, y con ello poder determinar las consecuencias que su tráfico produzca. Por tal motivo, en el pedimento correspondiente, se debe manifestar la fracción arancelaria que corresponda a la mercancía a importar o exportar, para a partir de ahí establecer los aranceles, las regulaciones, las restricciones u obligaciones que deben cumplirse para que los productos puedan entrar a un territorio. 

De ahí la importancia de una correcta clasificación arancelaria, pues el asignar una fracción arancelaria incorrecta o inaplicable a la mercancía que se pretende introducir a territorio nacional, pudiera llevar a pagar un impuesto general de importación menor al que en realidad corresponde, o a pasar por alto la existencia de regulaciones o restricciones no arancelarias, inclusive la existencia de prohibiciones a la importación, que pudieran dar pie a que al momento de llevar a cabo el despacho aduanero de las mercancías, la Autoridad aduanera detecte inconsistencias, y proceda al aseguramiento de las mercancías en lo que se aclara la situación, generando costos adicionales, pérdida de tiempo, pago de multas o impuestos omitidos, e inclusive la pérdida de la mercancía o en casos mas extremos, acusaciones penales, los cuales se habrían evitado de haberse clasificado correctamente la mercancía y satisfecho los requisitos que para cada fracción, se establecen en las diversas disposiciones y decretos en materia de comercio exterior. 

Cabe señalar que el encargado del llenado del pedimento es el Agente Aduanal, quien se presume es un experto en temas de comercio exterior, sin embargo el obligado por ley y sobre quien recaen las consecuencias de una incorrecta clasificación arancelaria es el importador/exportador, por lo cual, este debe estar directamente involucrado en conocer a detalle las características de su producto para en base a ello poder clasificar de forma apropiada la mercancía y en base a ello cumplir los requisitos que le correspondan. 

En ocasiones la mercancía no es de fácil identificación, siendo necesario realizar exámenes y análisis de laboratorio para conocer a ciencia cierta la composición del producto y en base a ello poder clasificarlo, esto se recomienda se realice previo a la introducción de la mercancía a territorio nacional, pues de lo contrario al momento del reconocimiento aduanero, la Autoridad Aduanera tiene la facultad de tomar muestras y realizar sus propios estudios, los que para sorpresa de nadie, regularmente determinan una fracción arancelaria distinta a la manifestada en el pedimento, con las consecuencias legales y económicas que ya conocemos. 

La propia Ley Aduanera en su artículo 47, contempla el derecho de los contribuyentes a formular consulta ante las autoridades aduaneras, sobre la clasificación arancelaria de las mercancías objeto de la operación de comercio exterior, cuando consideren que se pueden clasificar en más de una fracción arancelaria, con lo cual pueden obtener la certeza desde antes de realizar la operación de comercio exterior, de la fracción arancelaria que les corresponde, y actuar en consecuencia.

En conclusión, es altamente recomendable identificar plenamente la mercancía que va a ser objeto de una operación de comercio exterior, para poderla clasificar correctamente y cumplir de forma natural con los requisitos para su introducción a territorio nacional, de lo contrario, se pueden generar consecuencias graves tanto económicas, como legales, al grado tal que se puede poner en riesgo el abastecimiento de los insumos necesarios para la operación de una empresa, por lo tanto, es imperativo el contar con un equipo de expertos calificados en el tema, para tener debidamente identificada la fracción arancelaria que aplica en el caso concreto y con ello eficientizar las operaciones de comercio exterior y minimizar los riesgos. 

Descubre las últimas novedades de la industria en nuestra edición impresa, disponible en formato digital.

Ver todas las ediciones