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Primera resolución de modificaciones a la Miscelánea Fiscal 2018

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El Servicio de Administración Tributaria publicó el 30 de abril la primera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para el ejercicio 2018, en donde se reforman y adicionan algunas reglas en materia de subcontratación laboral y otras en materia de comprobantes fiscales (CFDI) de nómina, entre ellas las siguientes:

·         Emisión de CFDI por concepto de nómina del ejercicio fiscal 2017

·         Cumplimiento de obligaciones del contratante y del contratista en actividades de subcontratación laboral

·         Cumplimiento de obligaciones en prestación de servicios diversos a la subcontratación

·         Procedimiento para que los contratistas con actividades de subcontratación laboral autoricen a sus contratantes

·         Procedimiento por el cual el contratante realiza la consulta de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral

·         Procedimiento que debe observar el contratante para solicitar aclaraciones en materia de subcontratación laboral sobre la funcionalidad del aplicativo

En materia de subcontratación laboral, el cual ha sido uno de los temas de mayor revuelo durante los últimos meses; cada contribuyente debió de haber analizado a detalle, la forma en la que se reciben los servicios por parte de sus proveedores, para determinar si se encuentra en el supuesto de “outsourcing-subcontratación laboral”, conforme a lo estipulado en el artículo 15-A de la Ley Federal del Trabajo. Tanta importancia ha tenido, que la autoridad nos estipula dentro de la presente resolución, los procedimientos a seguir para informar las actividades de subcontratación que hubieran recibido u otorgado durante 2017 y sobre los periodos correspondientes al ejercicio 2018. Esta facilidad se cumple a través del uso de la herramienta del aplicativo en línea que la autoridad puso a disposición de los contribuyentes, tanto para el contratante como para el contratista.

En el mismo sentido, para efectos de la deducibilidad del gasto de subcontratación, así como del acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado por la prestación del servicio, el contratante deberá contar con los acuses resultantes de la utilización del aplicativo mencionado, sin inconsistencias del contratista, además de cumplir con los otros requisitos que establecen las disposiciones fiscales. Si el contratista tuviera inconsistencia y no las corrige, entonces el contratante no podrá deducir el gasto y acreditar el IVA, obligándolo a presentar declaración complementaria del impuesto al valor agregado de ese periodo, disminuyendo el  monto de IVA acreditable.

De igual forma, a través de la misma disposición se otorga la facilidad de que la fecha a partir de la cual el contratante realizará la consulta en la herramienta del aplicativo, de la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral respecto a los meses de enero, febrero y marzo del 2018 y sucesivos será a partir del 27 de mayo del 2018. Cabe hacer mención que en el supuesto de que en el ejercicio del 2018 los contribuyentes no se encuentren en el supuesto de subcontratación, bastará con que presenten a través del buzón tributario, el aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio del 2017 a más tardar el 31 de mayo 2018.

 

En cuanto a los comprobantes fiscales (CFDI) de nómina, la autoridad estipuló que los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2017 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión, podrán por única ocasión corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 15 de mayo del 2018 y se cancelen los comprobantes que sustituyen. El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2017 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2017 en que se realizó el pago asociado al comprobante.


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