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Mercancías peligrosas y su contexto en México

Febrero 01, 2019

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Las mercancías peligrosas son substancias y artículos que por sus características fisicoquímicas pueden poner en riesgo la salud y la integridad de las personas, animales, medioambiente y otras propiedades.


Este tipo de mercancías se comercializan todos los días en diferentes modalidades de transporte; aéreo, terrestre y marítimo. El reto de los expedidores de mercancías peligrosas es salvaguardar la integridad de los involucrados en la cadena logística.


En 1956, el panel de expertos del consejo económico y social de la Organización de las Naciones Unidas publicó la primera versión de las “Recomendaciones para el Transporte de Mercancías Peligrosas – Reglamentación Modelo” obedeciendo a las exigencias de los diferentes modos de transporte, lo cambios tecnológicos y el advenimiento de diferentes substancias y materiales con estas características de peligrosidad. Esta normativa está dirigida a los Gobiernos y organizaciones dedicadas a regular el transporte de las mercancías peligrosas, como base para la creación de la normativa nacional aplicable a cada país.


El objetivo de la reglamentación modelo de la ONU es armonizar los criterios para lograr el transporte seguro y eficiente de las mercancías peligrosas, minimizando el riesgo y dando cumplimiento a las leyes nacionales e internacionales aplicables. De tal manera dicha reglamentación modelo cubre los siguientes aspectos: la clasificación y definición de las mercancías peligrosas; existen 9 clases de riesgo de las cuales las diferentes mercancías a transportar deberán cumplir con los criterios de clasificación para ser asignadas a una o más de estas clases de riesgo.


Los principios generales de embalaje, en donde la reglamentación indica la cantidad máxima por bulto de mercancías que se puede transportar, así como el tipo específico de embalaje a utilizar. La señalización por medio de marcas y etiquetas es de vital importancia, esto para comunicar a los involucrados en la cadena logística de los peligros a los cuales pudieran estar expuestos y poder tomar las medidas de seguridad necesarias. De igual importancia es la documentación que el expedidor debe de entregar al operador o transportista; comúnmente llamada Declaración de Mercancías Peligrosas del expedidor, en donde se describe por medio de la asignación de un número UN (United Nations) a las diferentes mercancías peligrosas en el embarque.


En Mexico no es, sino hasta finales de 1993 e inicios de 1994 con la firma del TLCAN que se adoptan  estas recomendaciones de la ONU, para crear nuestra normativa local llamadas NOM´s (Normas Oficiales Mexicanas) que en esta ocasión toca el regular a la SCT y en donde destacan las NOM-002-SCT/2011, encontrandose un listado de aproximadamente 3000 números UN cada uno de ellos asignado a una substancia o familia de mercancías peligrosas. Además, la NOM-002/1-SCT/2009 es al igual de gran importancia, ya que en ella se pueden encontrar las diferentes instrucciones de embalaje para transportar este tipo de mercancías dentro de los parámetros estipulados.

Se puede observar que no fue hasta que México se abrió al comercio internacional cuando tuvo la necesidad de implementar este tipo de regulaciones, mismas que en muchos de los casos no han cambiado desde entonces, lo cual asume una falta de compromiso de las autoridades.


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