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Industria maquiladora en cumplimiento

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Durante el curso que la firma O&P Tax miembro de PrimeGlobal ofreció a empresas maqui­ladoras de Reynosa, y en particular, a quienes representan las áreas de comercio exterior y finanzas, se abordaron diversos temas, como la Reforma al Código Fiscal de la Federación, Segunda Resolución de Modificación a la Resolución Mis­celánea Fiscal 2018, Complemento de Pago (entrada en vigor 01 de septiembre) y el reforma a la Ley Aduanera.

 

La finalidad del curso es involucrar al área de comercio exterior en temas de finanzas y la de finanzas en temas de comercio exterior; ya que cada vez las revisiones de la autoridad fiscal son más puntuales y enfocadas al sector. Por lo que todas las áreas de cumplimiento de una maquiladora deben de tener conocimiento general en temas fiscales y de comercio exterior.


“Queremos que las compañías estén preparadas para los cambios, que estén actualizados en las modificaciones que han venido surgiendo en relación a la maquiladora contralores, contadores de impuestos, gerentes de finanzas, encargados y gerentes de import/export”, destacó Eduardo Pol, líder de impuestos en O&P Tax.

 

COMPLEMENTO DE PAGO

Marilé Rocha Flores, socia de impuestos en O&P Tax Consulting Group, abordó el tema de Complemento de Pagos (recibo electrónico de pago), el cual se deberá emitir por cada pago recibido cuando la factura que amparé la compra de un bien o la prestación de un servicio, se pague en parcialidades o bien de forma diferida (crédito).

 

Marilé destaco que es de suma importancia que los complementos de pago se llenen de forma correcta, esto con la intención de evitar una sanción por parte de la autoridad; ya que existen campos que son obligatorios y opcionales, como por ejemplo los datos bancarios que al día de hoy no son necesarios incluirlos en el recibo.

 

La entrada en vigor para expedir de forma obligatoria el recibo electrónico de pago fue el pasado 01 de septiembre. Ahora bien, si a partir de la fecha en comento no se cuenta con el recibo la erogación no sería deducible y el IVA no acreditable. “Este es el punto medular del porqué tener el complemento de pago y la importancia de que se llene de forma correcta” señaló Marile Rocha Flores.

 

REFORMAS A LA LEY ADUANERA

En junio del 2018 fue publicada la reforma, destacando en ellas la figura de la “Agencia Aduanal” con sus derechos, obligaciones y reglas específicas para su actuación, ello independiente de la figura del Agente Aduanal que continua operando dentro del comercio exterior, así como las operaciones que actual­mente tiene la aduana físicamente (DODA) y lo elevan al nivel de Ley.

 

“Se está actualizando la Ley exac­tamente a la operación que se está realizando hoy en día”, destacó Rolando Martínez, de la empresa Asesoría y Soluciones Aduaneras, S.C. Agencia Aduanal.

 

Esto permitirá dar certeza jurí­dica a lo que realmente ya se está realizando hoy en día y le está per­mitiendo a la autoridad reflejarlo mediante los cambios legales, los procedimientos que anteriormente estaban solamente como reglas.

 

Una de las implicaciones que esto tendrá para las empresas consiste en que anteriormente el Servicio de Administración Tributaria tenía la mayor parte de sus procesos en las Reglas de Comercio Exterior, y hoy en día ya lo reconoce a nivel de Ley Aduanera, de tal manera que no se podrá impugnar nada en contra de estos procedimientos, ya que a partir de diciembre que entra en vigor la reforma, se reconocen en la Ley Aduanera.

 

La mayoría de las Reformas que se presentan es actualizar la Ley Adua­nera a la realidad actual. Los cambios fundamentales afectan poco a la industria, pues le están creando san­ciones nuevas para la industria maqui­ladora, así como nuevas obligaciones.

 


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