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Actualizan a empresas en materia fiscal y comercio exterior

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O&P Tax Consulting Group y ASA Agencia Aduanal realizaron de manera conjunta una conferencia en la que se presentaron temas de impacto de comercio exterior y en materia fiscal.


Los expositores fueron Eduardo Pol Maldonado, socio de impuestos de O&P Tax Consulting Group; Marilé Rocha, socia de impuestos en O&P Tax Consulting Group; y Rolando Martínez Delgado, de ASA Agencia Aduanal.


Eduardo Pol explicó acerca del CFDI en la transferencia de mercancías y las problemáticas que se han presentado en las devoluciones de IVA. CFDI de transferencia de mercancías son movimientos que pueden realizar las empresas IMMEX; es decir transferirle material de una IMMEX a otra.


A partir de la publicación de la miscelánea de comercio exterior se eliminó la palabra ‘facturas’, ahora solamente existen los conceptos “Documento Equivalente” y “CFDI”.


Por su parte, el documento equivalente es de carácter fiscal emitido en el extranjero y el CFDI es un comprobante fiscal digital por internet. El tema ha sido que muchas de las transferencias que realiza la mercancía se señala que no haya enajenación, si no hay un documento equivalente o bien un CFDI, ¿qué es lo que van a hacer?; ante esto, se hablaba de un CFDI de traslado.


En el curso que ofreció Eduardo Pol Maldonado, socio de impuestos en O&P Tax Consulting Group se aclararon diversas dudas al respecto, donde se señaló en qué supuestos deberá existir un documento equivalente, en qué supuesto habrá un CFDI -o bien- en caso de que no hubiera nada sigan importando como las empresas lo venía haciendo.


“Esta fue la intención de la plática, es algo complicado, ya que en las empresas maquiladoras existen transferencias cada día”, resaltó Pol Maldonado.

También durante la charla se habló acerca del supuesto cuando una mercancía de la frontera va al interior en el pedimento consolidado se aclara que habrá un CFDI de traslado.

 

DEVOLUCIONES

En este tema Pol Maldonado comentó que ahora la autoridad está determinando que hay muchos gastos que sean no deducibles, por lo que, el supuesto será el cómo se está respondiendo a ese requerimiento, ya que la autoridad dice que no tiene la información suficiente. Anteriormente, se tenía la mecánica de responder SI o NO en algunas respuestas que indicaba la autoridad.

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