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Index SLP informa sobre nuevos lineamientos normativa 2020

Alejandra Méndez.
Marzo 01, 2020

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Con el objetivo de que las empresas preparen las operaciones de comercio exterior para que cumplan con los nuevos lineamientos de las modificaciones en la normatividad para el 2020, index San Luis Potosí congregó a sus afiliados al “Panel de Expertos-Panorama del Comercio Exterior 2020”. Rina Bluhm, asesora de Asuntos de Comercio Exterior de index San Luis Potosí, habló sobre modificaciones a las reglas y criterios de la Secretaría de Economía, i que se realizaron en el 2019 .En temas de permisos y avisos automáticos, sobre la importación de productos siderúrgicos y permisos de calzado y textiles: La regla 2.2.15, cuando se trate de mercancías sujetas al requisito de aviso automático y permiso previo o automático conforme al anexo 2.2.1 del presente ordenamiento, el valor y precio unitario contenidos en el permiso, deberá coincidir con la factura comercial que ampare la importación, caso contrario el permiso carecerá de validez. Anexo 2.2.1 7II, anexar al “Aviso Automático de Importación”, copia de certificado de molino para las fracciones arancelarias comprendidas en las partidas 7207 a la 7304. Tratándose de las fracciones arancelarias correspondidas en las partidas 7202 y de la 7305 a la 7317 copia de los certificados de molino y de calidad. Por su parte, Luis Gerardo Juan Meixueiro, secretario general de index San Luis Potosí, impartió el tema “Reglas Generales de Comercio Exterior 2020”. Referente a las causales de suspensión en los padrones, manifestó que en el artículo 9 de la Ley Aduanera, se indica que quienes importen mercancías deberán cumplir, sin perjuicio de las demás obligaciones previstas por esa ley con: estar inscritos en el Padrón de Importadores y en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectoriales. Para lo cual deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como, acreditar con las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el registro federal de contribuyentes y cumplir con los demás requisitos que establezca el reglamento, así como los dispuestos en las reglas de carácter general. El secretario general de index San Luis Potosí agregó que existen 45 causales de suspensión en la Regla 1.3.1 de las RGCE 2019, una de las nuevas es el listado de definitivos: XLV. Cuando las personas físicas o morales, se encuentren publicadas en el listado de “definitivos” que para tal efecto emita el SAT a través del DOF o en el Portal del SAT, en términos del artículo 69-B, párrafos primero, segundo y cuarto del Código Fiscal de la Federación (CFF).

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