A partir del 2018, los dictámenes tendrán que presentarse de forma electrónica
Representando
a la firma Baker Tilly, el C.P.C Luis Rodolfo Zendejas presentó a los asociados
de Index el tema: Nuevos Anexos del Dictamen Electrónico de Seguro Social, en
donde explicó que la ley del Seguro Social establece en el artículo 16 que: “Los
patrones que cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en
el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el
cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público
autorizado, aquellos patrones que no cumplan con este requisito podrán dictaminarse
de forma voluntaria”.
Recordó
que será a partir del 2018, que los dictámenes tendrán que presentarse de forma
electrónica o por lo menos así debería de ser. Destacó que un cambio
significativo en este dictamen consiste en que el IMSS está solicitando
información de forma directa al patrón, ya que es el propio patrón quien deberá
obtener la información y proporcionarla al contador dictaminador, quien solo
será un intermediario para proporcionar esta información al IMSS mediante los
medios electrónicos establecidos para el efecto.
Adicionalmente,
el contador dictaminador deberá a su vez, obtener información veraz y
suficiente sobre la cual él basará su opinión del correcto cumplimiento de las
obligaciones que el patrón tiene para con el Seguro Social.
Este
nuevo formato de dictamen tiene lo que consideramos grandes ventajas, hasta
este año, cuando se tenían que presentar los dictámenes, estos se presentaban
de forma presencial en cada subdelegación de IMSS en la cual estaba registrada
cada empresa, si bien las reglas son de carácter general, la realidad es que
cada subdelegación solicitaba información diferente y tenía requisitos únicos
establecidos por ellos para la presentación del dictamen, lo que genera un
estado de incertidumbre e indefensión para las empresas y el contador
dictaminador.
Con
este nuevo formato, al realizar la presentación en línea, ya no se tendrá que
acudir a las subdelegaciones, por lo que por primera vez, los criterios de
recepción serán únicos en toda la república.
Así
mismo, el plazo para la presentación del dictamen no dependerá de la hora en
que cada subdelegación decida recibir los dictámenes, ahora se tendrá la certeza
que el plazo vencerá a las 11:59 horas de la noche del 30 de septiembre de cada
año.
Otro
aspecto con la presentación del dictamen es que el mismo, si bien será
elaborado por el contador dictaminador, quien lo certificará mediante la firma
electrónica registrada ante el SAT, este no se considerará presentado hasta que
el representante legal de la empresa lo firme digitalmente, por lo que será
necesario verificar que la firma electrónica del representante legal esté
actualizada.