La iniciativa de ley para regular la subcontratación de personal, servicios y obras especializadas, así como agencias de colocación, traerá más perjuicios que beneficios en la industria manufacturera y, por ende, en el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Canadá y México (T-MEC) ya que los términos y mecanismos en la materia contenidos en el T- MEC establecen que no se harán cambios a la legislación laboral en México que afecten la operación de empresas de los Estados miembros del Tratado.
Así lo señalaron Sergio Pérez, director ejecutivo de Servicios Corporativos Globales LATAM, y Samuel Campos, director ejecutivo para la región Bajío de Newmark, y advirtieron que los efectos de esta iniciativa de ley entrarán en franca oposición al T-MEC, lo que implicará, seguramente, que México tendrá que enfrentar procesos y paneles que representarán un alto costo para el país, tanto en compensaciones por pagar, como en proyectos que saldrán o no llegarán a nuestro territorio, y que podrían, inclusive, hacer que esta potencial ley se viniera abajo.
“En la industria manufacturera y el comercio, la tercerización está estrechamente vinculada a las cadenas productivas internacionales, sobre todo en América del Norte, y de acuerdo a Talento Humano A.C., el outsourcing es utilizado para casi 25 millones de trabajadores en Estados Unidos y Canadá, por lo que un cambio que implique restricción al modelo reduciría el atractivo de México”, subrayó el director ejecutivo de Servicios Corporativos Globales LATAM de Newmark.
Agregó que la industria manufacturera y el comercio al por menor son los que presentan el mayor número de personal en la modalidad de subcontratación con poco más de un millón de personas; seguidas, en menor magnitud, por las actividades vinculadas al turismo como son los servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas con 434,566 personas.
Ambos directivos de Newmark destacaron que esta iniciativa de Ley que restringe el outsourcing plantea que aquellos contratistas que presten servicios especializados que sean ajenos al objeto social y actividad principal de la contratante, deberán cumplir con una serie de requisitos como autorización y registro de operación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, lo que podría afectar a empresas dedicadas a la prestación de servicios como mantenimiento, reparación, tecnologías de la información, y todos aquellos prestadores de servicios independientes a empresas. Además, se restringen los servicios de agencias de colocación a las que se les permite intervenir en el reclutamiento, selección, entrenamiento, capacitación, etcétera, pero en ningún caso podrán considerarse patrones.