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Fiscalización con base en comprobantes fiscales digitales (CFDI)

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Con la entrada en vigor en el 2017 del comprobante fiscal digital (CFDI) versión 3.3, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha avanzado a pasos agigantados en los objetivos de fiscalización y recaudación.


Los objetivos de la autoridad con los cambios implementados a la nueva versión del CFDI son entre otros:

 

  • Trasformar la interacción del contribuyente con la autoridad tributaria
  • Incrementar la calidad de la información que se obtiene en la emisión del CFDI
  • Simplificación de procedimientos y trámites, como ejemplo el prellenado de declaraciones y la eliminación de algunas obligaciones adicionales
  • Eliminar prácticas indebidas
  • Combate a la corrupción y defraudación fiscal

 

Algunos de los rubros o conceptos sujetos a fiscalización son:

 

  • Variaciones entre los ingresos facturado con los declarados en las diversas declaraciones definitivas, provisionales o informativas mensuales o anuales
  • Omisión de pago de retenciones y/o entero de ISR e IVA
  • Variaciones estadísticas de impuestos pagados con lo contenido en CFDI
  • Deducibilidad o acreditamiento indebidos de comprobantes fiscales de contribuyentes incluidos en la lista del Art. 69B del CFF

 

Para poder lograr la eficiencia en la fiscalización de los contribuyentes, la autoridad consideró cuatro elementos importantes: una nueva versión de la factura electrónica, una nueva versión del comprobante fiscal de nómina, un nuevo comprobante fiscal de pagos y cambios en la estructura del comprobante fiscal de retenciones.

 

En detalle, uno de los cambios que actualmente es motivo de fiscalización, es el complemento del CFDI de nómina versión 1.2, del cual el SAT (servicio de administración tributaria) ha enviado cartas invitación y revisiones electrónicas a los contribuyentes con irregularidades en este tema. Estas irregularidades pueden ser entre otras:

 

  • Timbrados en la versión anterior
  • Errores en las claves de timbrado
  • Error en la fecha de pago
  • Timbrado de conceptos gravados como exentos y viceversa
  • Información faltante de otros pagos (préstamo, viáticos, etc.)
  • Duplicado de CFDI

 

Adicionalmente en tema de fiscalización de CFDIs, y una vez que entre en vigor de forma obligatoria el complemento de recepción de pagos (el cual a través de facilidad publicada en reglas de Resolución Miscelánea tiene su entrada en vigor hasta el 1 de septiembre del 2018), será una herramienta útil para el SAT en la determinación de forma automática del Impuesto sobre la Renta causado mes a mes, así como del Impuesto al Valor Agregado mensual a cargo o a favor.

 

La recomendación para los contribuyentes es conciliar la información contenida en los diversos tipos de CFDI con las distintas declaraciones, reportes, escritos y demás envíos de información a las diversas dependencias, para de esta forma evitar actos de molestia por parte de la autoridad.



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