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Nutrida información se compartió por parte de los integrantes del Comité de Finanzas de Index Reynosa durante la sesión de mayo 2017. En relación a Declaración Informativa de Operaciones Relevantes (DIOR), la Regla Miscelánea 2.8.1.17. establece que para cumplir con la obligación a que se refiere el Artículo 31-A del CFF, los contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 'Información de Operaciones Relevantes', y prevé una calendarización trimestral de presentación. El periodo de enero a marzo, venció el 31 mayo.

Listado de operaciones que se tiene la obligación de informar:

a) Operaciones financieras establecidas en Art. 20 y 21 LISR

b)  Operaciones de precios de transferencia

c)  Participación en el capital y residencia fiscal

d)  Reorganización y reestructuras

e) Otras operaciones relevantes

 

DIEMSE 2016

Abordaron también el tema de la DIEMSE 2016; una de las obligaciones a cumplir para evitar que la empresa residente en el extranjero tenga establecimiento permanente en el país por las operaciones de maquila, entre otras, es la de presentar anualmente ante las autoridades fiscales a más tardar en el mes de JUNIO, la declaración informativa de sus operaciones de maquila en términos de lo que establezca el Servicio de Administración Tributaria. El llenado y envío es en línea y se ingresa a esta aplicación mediante la contraseña o con firma electrónica.

DSIF

La declaración informativa sobre situación fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal de 2016, la fecha de presentación es más tardar el 30 de junio del 2017.

 

Facilidades en materia de Facturación Electrónica

El pasado 12 de mayo, el Servicio de Administración Tributaria publicó un comunicado de prensa en el cual se dan a conocer facilidades en materia de factura electrónica, en donde se informa que a partir del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica.

1. Conforme a lo previsto, a partir del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre del 2017, con el objetivo de que, durante la convivencia de versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturación.

2. A partir del 1 de diciembre del 2017, la única versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.

3. La emisión de comprobantes con el Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 solo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017.

4. El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.

 

Infonacot

Estuvieron presentes en la reunión, el Lic. Bardomiano Montelongo y el Ing. Hugo Galván, de la oficina estatal del Instituto Fonacot, que ahora son los responsables de atender a las empresas de Reynosa.

Para mayor información pueden contactar al Ing. Hugo Galván, coordinador de Cobranza. Email: hugo.galvan@fonacot.gob.mxTel .(833)217-00-36 / Ext. 24706

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