Comparten socios información relevante
Nutrida información se
compartió por parte de los integrantes del Comité de Finanzas de Index Reynosa
durante la sesión de mayo 2017. En relación a Declaración Informativa de
Operaciones Relevantes (DIOR), la Regla Miscelánea 2.8.1.17. establece que para
cumplir con la obligación a que se refiere el Artículo 31-A del CFF, los
contribuyentes podrán presentar la forma oficial 76 'Información de Operaciones
Relevantes', y prevé una calendarización trimestral de presentación. El periodo
de enero a marzo, venció el 31 mayo.
Listado de operaciones que se tiene la
obligación de informar:
a) Operaciones financieras establecidas en Art. 20 y 21 LISR
b) Operaciones de precios de transferencia
c) Participación en el capital y residencia fiscal
d) Reorganización y reestructuras
e) Otras operaciones
relevantes
DIEMSE 2016
Abordaron también el
tema de la DIEMSE 2016; una de las obligaciones a cumplir para evitar que la
empresa residente en el extranjero tenga establecimiento permanente en el país
por las operaciones de maquila, entre otras, es la de presentar anualmente ante
las autoridades fiscales a más tardar en el mes de JUNIO, la declaración
informativa de sus operaciones de maquila en términos de lo que establezca el
Servicio de Administración Tributaria. El llenado y envío es en línea y se
ingresa a esta aplicación mediante la contraseña o con firma electrónica.
DSIF
La declaración
informativa sobre situación fiscal, correspondiente al ejercicio fiscal de
2016, la fecha de presentación es más tardar el 30 de junio del 2017.
Facilidades en materia de Facturación Electrónica
El pasado 12 de mayo, el Servicio de Administración
Tributaria publicó un comunicado de prensa en el cual se dan a conocer
facilidades en materia de factura electrónica, en donde se informa que a partir
del 1 de julio del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura
electrónica.
1. Conforme a lo previsto, a partir del 1 de julio
del 2017 entra en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante,
los contribuyentes podrán continuar emitiendo facturas en la versión 3.2 hasta
el 30 de noviembre del 2017, con el objetivo de que, durante la convivencia de
versiones, migren paulatinamente sus procesos de facturación.
2. A partir del 1 de diciembre del 2017, la única
versión válida para emitir las facturas electrónicas será la versión 3.3.
3. La emisión de comprobantes con el Complemento de
Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 solo con la
versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de diciembre
del 2017.
4. El proceso de aprobación para la cancelación de
facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de enero del 2018.
Infonacot
Estuvieron presentes en la reunión, el Lic.
Bardomiano Montelongo y el Ing. Hugo Galván, de la oficina estatal del
Instituto Fonacot, que ahora son los responsables de atender a las empresas
de Reynosa.
Para mayor información
pueden contactar al Ing. Hugo Galván, coordinador de Cobranza. Email: hugo.galvan@fonacot.gob.mx •
Tel .(833)217-00-36
/ Ext. 24706