Advertising

Capacitan sobre alcances legales en Comercio Exterior

Advertising

Font size:
Imprimir

El taller tuvo como objetivo identificar errores en las operaciones de comercio exterior que permita proponer áreas de oportunidad a favor de la compañía.

 

Las empresas que están por exportar sus productos, o bien, que ya lo realizan desde hace varios años, deben conocer las reformas en los mecanismos de autocorrección, las nuevas infracciones y sanciones contempladas en la legislación aduanera, buscando confirmar el nivel de cumplimiento de obligaciones aduaneras y prevenir futuras sanciones, así lo dio a conocer Roberto Carlos Salazar González, socio de Comercio Exterior y Aduanas en INTRADE Consultores.

 

Lo anterior, en el marco de último módulo del decálogo de Comercio Exterior ofrecido por Index Guanajuato, en donde se detallaron aspectos relevantes en este tema abarcando desde conocer quiénes son los responsables de la operación de Comercio Exterior, hasta los actos de autoridad y sus consecuencias.

 

Comentó que si alguna persona física o moral importa o exporta cualquier tipo de mercancía, deberá contratar a un Agente Aduanal, quien será responsable junto con el contratante de la veracidad y exactitud de los datos e información suministrados en el pedimento, de la determinación del régimen aduanero de las mercancías, de la correcta clasificación arancelaria, del pago de contribuciones al comercio exterior, así como de asegurarse que el importador / exportador cuente con los documentos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones que en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias rijan para dichas mercancías.

 

Además, informó que existen algunas modificaciones a la Ley Aduanera a considerar, tales como: la emisión de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación para obtener una patente de agente aduanal; formar un archivo electrónico, conservar el original de la manifestación de valor y la copia del encargo conferido para conservarlos durante el plazo del Código Fiscal de la Federación. Estos archivos electrónicos deben proporcionarlos al cliente sin cargo adicional.

 

“Hay que poner atención en estos puntos porque anteriormente se realizaban prácticas que normalmente se hacían pero, por ejemplo, ahora existe la eliminación de figura de agente aduanal sustituto, ya que el Estado es el facultado para otorgar estas autorizaciones y no el Agente Aduanal, entonces debemos tener en cuenta que no cualquiera puede sustituirlo”, concluyó Roberto Salazar, socio de Comercio Exterior y Aduanas en INTRADE Consultores.

Descubre las últimas novedades de la industria en nuestra edición impresa, disponible en formato digital.

Ver todas las ediciones