Actualmente, la autoridad fiscal está
revisando lo que las empresas declaran de manera automática a todas las
empresas que exportan
La asociación empresarial Index Guanajuato, impartió el módulo nueve del
Decálogo de Comercio Exterior denominado “Buenas prácticas de Comercio
Exterior”, en donde se habló en torno a las auditorías preventivas, controles y
procesos de activos fijos, Inventarios cíclicos y conciliación periódica de
inventarios, con la finalidad de identificar puntos críticos de operaciones de
Comercio Exterior.
Los ponentes Rodrigo Pérez Ortiz, líder de Comercio Región Bajío de TLC
Asociados y Norma Chávez Ayala, región Querétaro TLC Asociados, dieron a
conocer a detalle a los representantes de empresas asociadas, la importancia de
que puedan implementar mejores prácticas de comercio y evitar multas
espontáneas directamente de la autoridad fiscal.
En su intervención, Norma Chávez Ayala refirió que actualmente, la
autoridad fiscal está revisando lo que las empresas declaran de manera
automática, pues al no existir algo específico qué revisar, es muy fácil
detectar declaraciones incorrectas.
Aseveró que una de las prácticas en donde los contribuyentes son sujetos a
sanciones son las visitas domiciliarias, ya que según el artículo 42 del Código
Fiscal de la Federación, las autoridades pueden pedir comprobantes a los
contribuyentes de que han cumplido con las disposiciones fiscales y, en su
caso, que puedan determinar las contribuciones omitidas o los créditos, así
como para comprobar la comisión de delitos y proporcionar información a otras
autoridades fiscales.
A fin de evitar riesgos, la experta mencionó que la autoridad fiscal está
obligada a practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de
verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de expedición
de comprobantes digitales por Internet y de presentación de solicitudes, o
avisos en materia del registro federal de contribuyentes.
“En estas visitas, la autoridad verifica que la operación de las máquinas,
sistemas y registros electrónicos, que estén obligados a llevar los
contribuyentes y funcionen conforme a lo que establecen las disposiciones
fiscales.
Finalmente, advirtieron que las personas físicas y morales que tengan
asignado un buzón tributario, deberán consultarlo dentro de los tres días
siguientes a que reciban un aviso electrónico para que el SAT realice la
notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, y los
contribuyentes presenten promociones, solicitudes, avisos o den cumplimiento a
requerimientos al SAT.