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Aduana mexicana podrá determinar el valor de las mercancías de importación

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Aduana mexicana podrá determinar el valor de las mercancías de importación

 

A partir del 22 de diciembre del presente año, las autoridades aduanales de México podrán rechazar y determinar el valor de las mercancías de importación cuando los datos del proveedor en el extranjero o el domicilio fiscal del importador sean falsos, inexistentes o no se localicen. Además, podrán retener las mercancías cuando se presuma una infracción a las disposiciones en materia de los derechos de autor y de propiedad industrial, así lo señalaron integrantes del Comité de Comercio Exterior de Index Nuevo León.

 

Las nuevas disposiciones de la Ley Aduanera Mexicana, la cual se publicó el 25 de junio y entra en vigor en 180 días naturales, facultan al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para efectuar el despacho aduanero en conjunto con autoridades extranjeras, ya sea en instalaciones del territorio nacional o en el extranjero.

 

Entre otros temas relevantes, se detalló que se suprime la facultad del SAT para enajenar los bienes de comercio exterior, para únicamente complementar la asignación, donación y destrucción de bienes por parte de las autoridades federales, siendo acordes con la reforma de Ley Aduanera de 2013.

 

Roberto Serralde, asesor de Comercio Exterior de Index Nuevo León, sostuvo que las autoridades aduanales tendrán también las facultades para cancelar autorizaciones cuando los servicios por los que se otorgó no se presten en un plazo de 180 días naturales.

 

También dispondrán de mercancías explosivas cuando sean embargadas precautoriamente, sin necesidad de agotar o resolver el Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA).

 

Serralde agregó que se eliminan de los supuestos de mercancías que pasarán a propiedad del fisco federal aquellos productos que no cumplan con las Regulaciones y Restricciones no Arancelarias de sanidad animal y vegetal, salud pública, medioambiente y seguridad nacional.

 

En materia de infracciones y sanciones, la nueva Ley Aduanera establece una infracción para personas físicas o morales que, habiendo importado mercancías bajo diferimiento de impuestos, declaren en el pedimento con un valor que sea inferior en un 50% o más a la  transacción de mercancías idénticas o similares. La multa será impuesta del 130% al 150% de las contribuciones omitidas.

 

El Comité de Comercio Exterior, de Index Nuevo León, que dirige Sergio Arturo Acosta, se reunió para revisar las modificaciones a las diversas disposiciones implementadas a la Ley Aduanera Mexicana y revisar además las modificaciones para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos, las cuales se publicaron en el Diario Oficial el primero de junio de este año y entraron en vigor al día siguiente.


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