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El Buzón Tributario para IMSS

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Hace algunos días, el IMSS empezó una campaña a través del correo electrónico y redes sociales; una campaña mediante la cual se da a conocer que PRÓXIMAMENTE, PODRÁS UTILIZAR EN EL IMSS TU BUZÓN TRIBUTARIO, quizá el día de hoy no hemos recibido el famoso correo del IMSS o todavía no vemos la publicidad en las redes sociales, pero este cambio ¿qué implica?


Hasta el día de hoy, los trámites que realiza la empresa ante el Seguro Social los realiza a través de la aplicación conocida como IDSE (IMSS Desde Su Empresa), mediante esta aplicación la empresa notifica al seguro social los movimientos afiliatorios derivados de la relación obrero-patronal, además es mediante esta aplicación que se puede realizar la presentación de la Declaración de la Prima de Grado de Riesgo que se presenta en febrero de cada año o la información relativa a los contratos de subcontratación de personal.


Para ingresar a esta aplicación y poder realizar las operaciones el IMSS proporciona al patrón una firma electrónica de aplicación exclusiva ante esta autoridad, de igual forma, las notificaciones de las emisiones mensuales o bimestrales del pago de las cuotas obrero-patronales, así como de cédulas de diferencias o cualquier otro documento legal, el Instituto las ha tenido que realizar de forma presencial y cumpliendo todos los requisitos de forma y de fondo que establece el Código Fiscal de la Federación.


Ahora bien, de acuerdo a los comentarios realizados por diversas autoridades del IMSS, la intención de utilizar el BUZÓN TRIBUTARIO es aprovechar la tecnología que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del SAT ha implementado para hacer eficiente el control y la fiscalización de los contribuyentes.


Con este cambio, el IMSS pretende al igual que el SAT, tener un mayor control y poder realizar de forma más rápida la fiscalización de los patrones.


Un aspecto a considerar, es que para tener acceso al BUZÓN TRIBUTARIO, se realiza mediante la FIEL o eFirma del patrón que fue proporcionada por el SAT, esta firma regularmente se encuentra resguardada por el representante legal o personal de nivel gerencial que realiza las consultas al SAT.


Sin embargo, los movimientos afiliatorios que se presentan ante el IMSS, son operaciones cotidianas, en algunos casos de volúmenes considerables, por lo que esta actividad la realiza personal capacitado para este proceso, comúnmente personal del área de recursos humanos.


Si bien, el uso de la tecnología y de utilizar una plataforma informática para realizar todos los trámites del patrón (empresa) debe de ser tendiente a la facilidad en los procesos realizados por los patrones y a la eficiencia de las autoridades, en este caso pudiera no ser ese el caso, ya que la información que se encuentra en el multicitado buzón normalmente es información sensible para la empresa y que se procura tener controlada y en este caso pudiera generar complicaciones en el manejo de la plataforma informática o la limitación de personal con acceso al mismo lo que generará cargas adicionales de trabajo.


Tenemos noticias que al día de hoy, cuando una empresa o patrón solicita la inscripción al IMSS, el Instituto ya no está entregando la firma para el IMSS y está exigiendo que se realice ya mediante la FIEL o eFirma, el inconveniente es que mientras no se unifiquen los procesos o se corrijan los problemas que seguramente surgirán en el manejo de bases de datos diferentes a los que ya nos hemos enfrentado, los patrones quedarán, quizá, en un estado de indefensión, ya que si el proceso de presentación de los avisos afiliatorios (altas, modificaciones salariales y bajas) no se realiza dentro de los plazos previstos por la Ley del IMSS, los patrones tendrán que pagar diferencias en las cuotas y en el peor de los casos pudieran derivarse hasta capitales constitutivos.


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