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Conoce los nuevos derechos para los trabajadores que plantea la "Ley Silla”

Viviana Cervantes.
Febrero 22, 2024

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El Senado de la República aprobó la llamada “Ley Silla” la cual consiste en diversas modificaciones a la Ley Federal del Trabajo que garantiza a los trabajadores de industrias y comercios, descansos periódicos durante su jornada laboral, con la obligación patronal, para proporcionar mobiliario como asientos, sillas o respaldos.

Con ello, las empresas deberán definir un reglamento interno que garantice una pausa en las funciones de los empleados, y en el caso de incumplir, las autoridades podrán imponer sanciones de hasta 2,500 Unidades de Medida de Actualización (UMA) hasta derivar en la suspensión temporal de actividades de las empresas.

Al brindar descanso a los trabajadores y permitir el uso de sillas o asientos, se busca contribuir al cuidado de la salud, prevenir enfermedades, disminuir los desgastes físicos y garantizar mayores niveles de calidad de vida. 

La decisión se aprobó con 82 votos a favor, y se aplicará para todas las personas trabajadoras de los sectores de servicios, comercio y análogos, tanto para la ejecución de sus funciones, como para el descanso periódico en la jornada laboral. 

“Dicha condición solo podrá limitarse cuando la naturaleza del trabajo implique riesgos a la seguridad e integridad de las personas trabajadoras, derivados de tomar asiento durante el desarrollo de la función laboral”. 

 

REGLAMENTO INTERIOR

El reglamento interior de trabajo que se propuso ante la ley, debe estipular periodos claros de reposo obligatorio para los trabajadores, en base a sus funciones y duración de la jornada. 

Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en el Senado, y Mayuli Latifa Martínez Simón, presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, comentaron que la ley será útil para prevenir enfermedades cardiovasculares y contribuir al cuidado de la salud de los trabajadores, que por el giro de las empresas requieren mantener de pie por mucho tiempo a sus colaboradores.

Por otra parte, las multas de los patrones que no cumplan con estos nuevos cambios a la Ley Federal del Trabajo empiezan en 250 UMAs, con penalizaciones que irán aumentando en el caso de reincidencia. 


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