Para presentar las modificaciones
realizadas a la Ley Federal del Trabajo y del Sistema de Administración
Tributaria (SAT), Stratega Consultores expuso los “Aspectos Generales del
Outsourcing y Panorama Fiscal” a los afiliados de la Cámara Nacional de la Industria
Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI) en
Guanajuato.
Esta presentación estuvo a cargo de
Bardomiano Medina Galindo, socio director Stratega Consultores, que mencionó
los cambios relevantes tienen que ver con la Ley de Cumplimiento Fiscal de
Cuentas en el Extranjero (FATCA), el cual tiene la intención de identificar a
todos aquellos contribuyentes que tienen ingresos del extranjero y entre ambos
países se tiene que compartir información para que haya un cumplimiento fiscal.
Asimismo, explicó que en meses
anteriores el SAT eliminó en algunos casos la compensación universal en
declaraciones y pagos. Esta adecuación en su plataforma impide que los
contribuyentes compensen saldos a favor contra impuestos retenidos.
Y referente a las reformas recientes a
la Ley Federal del Trabajo, expuso que el régimen de subcontratación per se no
sufrió modificaciones, pero que no cumplir con todas las condiciones de la
misma, tiene como consecuencias que el contratante se considere patrón de los
trabajadores del contratista; y que de esta imputación se pudieran derivar
consecuencias laborales en las prestaciones de dichos trabajadores.
Comentó que se señala que la
Subcontratación Laboral es un elemento indispensable para que se tipifique una
relación laboral ya sea como prestación de un trabajo, en forma personal y
subordinada. El trabajo en régimen de subcontratación consiste en que un patrón
denominado contratista, ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo
su dependencia, a favor de un contratante, el cual fija las tareas del
contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de
las obras contratadas.
Durante su ponencia dijo que la
intermediación laboral, las personas que utilicen la subcontratación serán
responsables de las obligaciones que deriven de la ley y de los servicios
prestados.
“No serán considerados intermediario
sino patrones, las empresas establecidas que presten servicios a otras, para
ejecutarlos con elementos propios y suficientes, con el fin de cumplir con las
obligaciones en términos de la Ley Federal del Trabajo”, manifestó.
Referente a la Retención del IVA en
Outsourcing, la Secretaría de Hacienda propuso una nueva obligación para las
empresas que adquieren de otra el servicio de subcontratación, y la medida
consiste en que en lugar de que la compañía ofrezca el servicio de
intermediación laboral transfiera y entregue el IVA a la autoridad y quien
tendría que hacerlo es la empresa que adquiere el servicio.
Otra de las cuestiones que detalló a los
asistentes fue la eliminación de la obligación en operaciones de outsourcing, y
algunos puntos enfocados a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en materia
de subcontratación.