Declaración anual 2020, lo que debes saber

Coahuila
Raúl Valdés Hernández.
Marzo 2020
Contador Raúl Antonio Valdés HernándezContador Raúl Antonio Valdés Hernández
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Si eres un freelancer, trabajas para una empresa, eres autoempleado, prestas servicios profesionales, eres un emprendedor, vendiste tu vehículo o casa habitación, tienes tu propio negocio (bajo el régimen de persona física) recuerda que tienes hasta el último día de abril del 2020 para presentar tu declaración anual correspondiente al ejercicio 2019.
Para realizar este trámite es indispensable contar con la siguiente información:
¿Qué necesito para empezar?
• La contraseña de tu RFC (Registro Federal de Contribuyentes), si no la recuerdas o aún no la tienes acude a la oficina del SAT más cercana.
• Facturas de todas tus deducciones personales, si no las tienes a la mano puedes descargarlas directamente en el portal del SAT.
• Tu e.firma (antes Fiel) será necesaria si tu saldo a favor es superior a los 10,000 pesos. Si no la tienes o ya venció, acude a una oficina del SAT.
• La clave bancaria estandarizada (Clabe), tiene que ser de una cuenta a nombre del contribuyente que presentará la declaración anual para que ahí se deposite tu saldo a favor, no puede estar a nombre de otra persona.
¿Qué gastos puedo deducir?
Dentro de tu declaración anual tienes la oportunidad de deducir los siguientes gastos:
• Gastos médicos, incluidos los de tu pareja y familiares en línea recta, obligatoriamente pagados con tarjeta o transferencia electrónica.
• Intereses reales pagados por créditos hipotecarios para casa habitación.
• Colegiaturas y transporte escolar, siempre y cuando esté último sea obligatorio.
• Gastos de funerales.
• Aportaciones complementarias de retiro.
• Impuestos locales por salarios.
• Donativos a instituciones autorizadas.
Aunque tienes la oportunidad de deducir los gastos mencionados anteriormente, hay que señalar que tienen un tope del monto de deducción (excepto donativos); es el que resulte menor a cuatro salarios mínimos generales anuales o el 10% total de tus ingresos, incluidos los exentos.
¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual?
Dentro de las personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual se encuentran las que hayan obtenido ingresos por los siguientes conceptos:
• Sueldos, y salarios o asimilados; personas que hayan trabajado para uno o más patrones durante el 2019 de forma directa.
• Actividad Empresarial y Servicios Profesionales; personas que hayan trabajado de forma independiente, prestado algún servicio profesional, tengan un negocio propio.
• Enajenación de bienes, quienes hayan vendido algún vehículo, casa habitación, edificio, terreno, local comercial, acciones, o cualquier otro bien.
• Arrendamiento; quienes hayan rentado alguna casa habitación, departamento, edificio o local comercial.
• Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.
• Quienes hayan ganado algún premio, perciban ingresos por intereses, dividendos, o cualquier otra forma.
• Personas que tributen bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y hayan optado por la opción del coeficiente de utilidad.
• Quienes obtengan ingresos de algún país que sea considerado “Paraíso Fiscal” (Régimen Fiscal Preferente).
Si durante el 2019, trabajaste para una compañía y no tuviste ingresos mayores a 400,000 pesos, puedes presentar tu declaración anual de forma voluntaria y si obtienes un saldo a favor podrás recibirlo en tan solo cinco días.
Si necesitas más información no dudes en comunicarte conmigo, estaré encantado de apoyarte a presentar tu declaración.