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Julio, mes de entrada en vigor del Nuevo CFDI versión 3.3

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Se exhorta a los contribuyentes en hacer las actualizaciones necesarias

 

 

A través de las modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal del 2017 y su anexo 20, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público da a conocer la nueva versión 3.3 de los comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), por lo cual exhorta a los contribuyentes en hacer las actualizaciones necesarias para la implementación de la misma. La entrada en vigor de esta nueva versión es el 1 de julio del 2017. No obstante, existe un periodo de convivencia, en el cual se podrán seguir emitiendo facturas con la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre, y es a partir del 1 de diciembre que la única versión válida para la emisión de las mismas será la 3.3.

Para mantener informados a los contribuyentes, el SAT a través de su portal actualiza de forma periódica los documentos que sirven de base para la implementación de este nuevo formato, como lo son las guías de llenado del CFDI y de sus complementos, los catálogos en formato Excel, las preguntas y respuestas frecuentes, y el calendario de cambios y publicaciones de los mismos.

Entre los principales cambios de esta nueva versión 3.3 podemos mencionar los siguientes:

·      Se adicionan 17 nuevos catálogos para el llenado de los campos del CFDI, estandarizando la información contenida en los mismos

·      Se eliminan los campos que no son requisitos de deducibilidad o acreditamiento según las leyes y disposiciones diversas, y como ejemplo de ellos, el domicilio fiscal

·      Se valida el RFC de los contribuyentes, imposibilitando emitir comprobantes a RFC no existentes; y se elimina la posibilidad de emitir comprobantes en ceros o con números negativos

·      Se realiza validaciones aritméticas y de congruencia por cada uno de los conceptos incluidos en el mismo

·      Los impuestos, retenciones y/o descuentos se realizan por cada uno de los conceptos incluidos

·      Se establecen montos máximos por tipo de CFDI o personalizado por cada uno de los contribuyentes

·      Se adiciona como requisito el establecer el uso que el receptor dará a ese comprobante fiscal, ejemplo: gastos en general, adquisición de mercancías o inversiones

·      Cambio en las opciones incluidas en los catálogos de conceptos de “método de pago” y “forma de pago”

Algunos de los beneficios que tendrán los contribuyentes con la entrada en vigor del Nuevo CFDI versión 3.3 y del CFDI de recepción de pagos, son los siguientes:

·      Certeza al tener información estandarizada y confiable de sus transacciones comerciales en línea, derivado de la implementación de 17 catálogos

·      Simplificación de su proceso de facturación y conciliación de pagos, al utilizar el CFDI de recepción de pagos

·      No presentar la Declaración Informativa Múltiple de Suelos y Salarios, y en un futuro tampoco la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros

·      Certeza de que cuando ya pagaron por los productos o servicios que reciben, las facturas que amparan ese gasto no van a ser canceladas

·      Se evitará la duplicidad de ingresos cuando facturen en parcialidades.

·      Podrán automatizar más fácilmente sus procesos

Por lo anterior, la recomendación para los contribuyentes es la de realizar la actualización necesaria de los sistemas de facturación antes de su entrada en vigor, y hacer del conocimiento al personal involucrado en los procesos de recepción y emisión de facturas, de todos lineamientos, regulaciones y documentos relacionados con la autoridad pública.

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