Se exhorta a los contribuyentes en hacer las actualizaciones necesarias
A través de las modificaciones
a la Resolución Miscelánea Fiscal del 2017 y su anexo 20, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público da a conocer la nueva versión 3.3 de los comprobantes
Fiscales Digitales por Internet (CFDI), por lo cual exhorta a los
contribuyentes en hacer las actualizaciones necesarias para la implementación
de la misma. La entrada en vigor de esta nueva versión es el 1 de julio del
2017. No obstante, existe un periodo de convivencia, en el cual se podrán
seguir emitiendo facturas con la versión 3.2 hasta el 30 de noviembre, y es a
partir del 1 de diciembre que la única versión válida para la emisión de las
mismas será la 3.3.
Para mantener
informados a los contribuyentes, el SAT a través de su portal actualiza de
forma periódica los documentos que sirven de base para la implementación de
este nuevo formato, como lo son las guías de llenado del CFDI y de sus
complementos, los catálogos en formato Excel, las preguntas y respuestas
frecuentes, y el calendario de cambios y publicaciones de los mismos.
Entre los
principales cambios de esta nueva versión 3.3 podemos mencionar los siguientes:
· Se adicionan
17 nuevos catálogos para el llenado de los campos del CFDI, estandarizando la
información contenida en los mismos
· Se
eliminan los campos que no son requisitos de deducibilidad o acreditamiento
según las leyes y disposiciones diversas, y como ejemplo de ellos, el domicilio
fiscal
· Se
valida el RFC de los contribuyentes, imposibilitando emitir comprobantes a RFC
no existentes; y se elimina la posibilidad de emitir comprobantes en ceros o
con números negativos
· Se
realiza validaciones aritméticas y de congruencia por cada uno de los conceptos
incluidos en el mismo
· Los impuestos,
retenciones y/o descuentos se realizan por cada uno de los conceptos incluidos
· Se establecen
montos máximos por tipo de CFDI o personalizado por cada uno de los contribuyentes
· Se
adiciona como requisito el establecer el uso que el receptor dará a ese
comprobante fiscal, ejemplo: gastos en general, adquisición de mercancías o
inversiones
· Cambio
en las opciones incluidas en los catálogos de conceptos de “método de pago” y
“forma de pago”
Algunos de los
beneficios que tendrán los contribuyentes con la entrada en vigor del Nuevo
CFDI versión 3.3 y del CFDI de recepción de pagos, son los siguientes:
· Certeza
al tener información estandarizada y confiable de sus transacciones comerciales
en línea, derivado de la implementación de 17 catálogos
· Simplificación
de su proceso de facturación y conciliación de pagos, al utilizar el CFDI de
recepción de pagos
· No
presentar la Declaración Informativa Múltiple de Suelos y Salarios, y en un
futuro tampoco la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros
· Certeza
de que cuando ya pagaron por los productos o servicios que reciben, las
facturas que amparan ese gasto no van a ser canceladas
· Se
evitará la duplicidad de ingresos cuando facturen en parcialidades.
· Podrán
automatizar más fácilmente sus procesos
Por lo anterior, la
recomendación para los contribuyentes es la de realizar la actualización necesaria
de los sistemas de facturación antes de su entrada en vigor, y hacer del
conocimiento al personal involucrado en los procesos de recepción y emisión de
facturas, de todos lineamientos, regulaciones y documentos relacionados con la
autoridad pública.