Index Guanajuato trabaja para desarrollo y
capacitación de empresas locales
Con el objetivo
de dar a conocer a los empresarios guanajuatenses temas referentes al decálogo
de Comercio Exterior, Index Guanajuato llevó a cabo el módulo 6 denominado
“Medios de defensa en materia de Comercio Exterior”.
El simposio estuvo a cargo de Rodolfo Alcacio
Trujillo, de Abogados Fiscalistas, quien difundió los temas relacionados con el
panorama actual en materia de defensa del comercio exterior, las bases de datos
indispensables para la elaboración de una defensa exitosa, además del recurso
de revocación, los juicios de nulidad fiscal, juicio de amparo y del acuerdo
conclusivo.
“El objetivo de tratar estos temas es concientizar a
los empresarios guanajuatenses sobre los alcances y limitantes de los medios de
defensa, así como también mostrarles que existe una amplia gama de herramientas
para llevar a cabo un diagnóstico de un posible caso y definir una estrategia
de defensa”, mencionó.
Destacó que los acuerdos conclusivos no son un
juicio sino una mediación para el mecanismo de soluciones de controversias, por
lo que se rigen de acuerdo a la flexibilidad, celeridad, inmediatez,
transparencia entre otros.
Explicó que los acuerdos se promueven y presentan
por escrito ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, en donde la
petición no se extiende a más de tres días para notificar la admisión de la
propuesta, posteriormente el SAT verifica documentos en el transcurso de 20
días ya sea para aceptarla, rechazarla y dar modificaciones.
Comentó que toda empresa tiene un plazo de 30 días
para interponer el recurso de revocación, además exhortó a los participantes a
revisar la guía rápida para la aplicación del recurso de revocación en línea
2016, misma que es proporcionada por el SAT con el fin de complementar las
revisiones de los recursos revocados exclusivos de fondo.
Afirmó que es de suma importancia tener en cuenta
que el recurso de revocación exclusivo de fondo se ejecuta con las revisiones
de escritorio, las visitas domiciliarias y las revisiones electrónicas para
llegar a una resolución determinante.
Para efectos de resoluciones, se cuenta con tres
meses a partir de su presentación, aunado a los cuatro meses para el
cumplimiento o ejecución.
De acuerdo con Alcacio Trujillo, el juicio de
nulidad fiscal se clasifica de acuerdo a los procesos de forma tradicional y en
línea; por la cuantía que son de forma ordinaria o sumaria, por los de concepto
de impugnación tradicional o por resolución exclusiva de fondo.
El experto informó que Index Guanajuato a través de
las conferencias en materia del Decálogo de Fomento al Comercio exterior buscan
impulsar a las empresas importadoras y exportadoras a tener sus
certificaciones, para evitar sanciones o incumplimiento de pedimentos o
requerimientos por parte de las autoridades que lo manifiesten.