El 9 de abril pasado
inició la obligatoriedad del Código de Red para los Centros de Carga. Un paso
vital para contar con un sistema eléctrico robusto, confiable, equitativo y,
muy importante, seguro.
El Código de Red (CR),
publicado el 8 de abril del 2016 en el Diario Oficial de la Federación, otorgó
tres años a los Centros de Carga (CC) para su cabal cumplimiento. Como era de
esperar, la enorme mayoría de los CC no prestó la debida atención a la
obligatoriedad y, hasta recientemente, se ha iniciado una febril actividad.
Por supuesto, cumplir en
tiempo resultará imposible pero la noticia halagüeña es que ya hay centenas de
empresas en el proceso que implican miles de CC. Las multas que aplicarán son
cuantiosas, iniciando en 50,000 salarios mínimos, pero la CRE tiene
discrecionalidad en los montos a aplicar de inicio. Esto no implica que, más
pronto que tarde, se ejercerá y que, en caso de no acatar subirán los montos
llegando, en el último paso, a la desconexión.
¿QUÉ ES EL CR?
En un Sistema Eléctrico de
potencia, como el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), es indispensable que todos
los participantes colaboren para que este tenga la confiabilidad que
necesitamos como país. Cada uno, generación, transmisión, distribución y CC
tienen reglas que cumplir y de esta forma se crea una balance que permite una
operación continua y de calidad.
Para los CC esto implica tener
un factor de potencia estable, no inyectar armónicas al sistema, tener estudio
de corto circuito y coordinación de protecciones, contar con las comunicaciones
requeridas con el CENACE- el Centro Nacional de Control de Energía- los
relevadores aprobados, así como los medidores, entre otros muchos requisitos.
Por lo descrito en el
párrafo anterior resulta indispensable que se tenga conocimiento de varias
áreas de la ingeniería eléctrica, así
como de electrónica y comunicaciones, lo que implica un reto muy importante.
Para darse una idea de lo
complejo baste descargar el .pdf de esta dirección:
http://baorgg.com/cotizacion/Baorgg_Solicitud_Cotizacion_CR_Final.pdf el que
describe lo necesario a realizar para contar con estudio que permita cumplir
cabalmente el CR.
Elaborando sobre los
requerimientos, sin que esto sea una lista exhaustiva, pide tener un factor de
potencia (FP) entre 0.95 y 1.0 el 95% del tiempo. Es importante recalcar que el
FP del recibo de CFE y lo que pide el CR son dos cosas completamente distintas.
El de CFE es promedio y el de CR en tiempo real.
Las armónicas tienen que
estar limitadas y se debe garantizar que los interruptores son capaces de
liberar la falla, lo que implica un estudio de coordinación de protecciones y
corto circuito. También, los relevadores deben contar con capacidad de
comunicación y sus ajustes coordinados con el SEN.
Son, literalmente, decenas
de requisitos que deben considerarse. Lamentablemente, muchos solo tratan de
vender sus soluciones sin abordar el CR como un asunto multidisciplinario. Me
gusta citar esta frase: “Cuando solamente tienes un martillo todos los
problemas con clavos”. Muchos de los “expertos” solo tienen experiencia, si
acaso, en un área y solo aplican lo que comprenden.
El CR es la oportunidad de
mejorar las instalaciones, mejorar nuestra productividad y, recalco, dar
seguridad a nuestros operarios.
No corra riesgos,
consúltenos y con gusto lo atenderemos.